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TAREA SOBRE LOS TIPOS DETENCION
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PROCEDIMIENTO PARA LA DETENCIÓN
1.- DETENCIÓN DE ABIGEATO
2.- DETENCIÓN POR ACCIDENTES DE TRANSPORTE PÚBLICO
3.- DETENCIÓN POR ACCIDENTES DE TRANSITO
El abigeato es una forma de cometer un delito, el cual consiste en el robo de animales por parte de cuatreros dedicados al hurto y comercialización y faenamiento clandestino de animales de cría (principalmente ganado vacuno), por lo que las personas más afectadas son los ganaderos así como el costo de su compra o el dinero que se pudo haber obtenido de su venta.
Los accidentes de tránsito se deben gracias a muchos factores pero hay que saber concientizar y educar a la población en materia de educación vial. El ser responsables en el cumplimiento de las leyes de tránsito reducirá el alto índice de muertes por accidentes de tránsito, especialmente en transporte público. Piensa que en tu hogar te estará esperando tu familia,
Todo suceso eventual o acción involuntaria, que como efecto de una o más causas y con independencia del grado de estas, ocurre en vías o lugares destinados al uso público o privado, ocasionando personas muertas, individuos con lesiones de diversa gravedad o naturaleza y daños materiales en vehículos, vías o infraestructura, vehículo, vía y entorno.
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Leer más: http://procedimientospoliciales.webnode.es /accidentes-con-transporte-publico/ Crea tu propia web gratis: http://www.webnode.es
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PROCEDIMIENTO PARA LA DETENCIÓN
4.- DETENCIÓN A LOS ADULTOS MAYORES
5.- DETENCIÓN POR ALLANAMIENTO
La patrulla policial del SERVICIO URBANO puede proceder a un allanamiento por los siguientes motivos:
Lo primero que tenemos que tener en cuenta es que la persona adulta mayor cuenta con conciencia y voluntad y que es capaz y por tanto en principio puede ser sujeto activo, puede cometer cualquier delito.
Aprehensión por: Prisión Preventiva o sentencia privativa de libertad. Delito Flagrante. Recaudar Pruebas. Impedir delito o socorrer víctimas.
6.- DETENCIÓN POR ASALTO Y ROBO A MANO ARMADA
En la Constitución Política del Ecuador Art. 550.- El que, mediante violencias o amenazas contra las personas sustrajere fraudulentamente una cosa ajena, es culpable de robo. Art. 551.- El robo será reprimido con prisión de uno a cinco años y con reclusión menor de tres a seis años en los casos en que se perpetre con violencia contra las personas, Art. 552, Art. 601 y el Art. 602
El máximo de la pena establecida en el artículo anterior, se aplicará al responsable si concurre alguna de las siguientes circunstancias: 1a.- Si las violencias han producido heridas que no dejen lesión permanente;
PROCEDIMIENTO PARA LA 7.- DETENCIÓN A LOS ASAMBLEISTAS Y DIPLOMATICOS
8.- DETENCIÓN POR ASESINATO
2a.- Si el robo se ha ejecutado con armas, o por la noche, o en despoblado, o en pandilla, o en caminos o vías públicas DETENCIÓN Art. 601.- Es pandilla la reunión de tres o más personas, con una misma intención delictuosa, para la comisión de un delito. 9.- DETENCIÓN POR ATROPELLO
Art. 602.- Se comprende por la palabra arma toda máquina, o cualquier otro instrumento cortante, punzante o
PROCEDIMIENTO PARA LA DETENCIÓN
Art 165 (ley orgánica de transporte terrestre tránsito y seguridad vial).- Los agentes que tomen procedimiento en un accidente de tránsito están facultados para detener al presunto autor de un delito de tránsito en donde resulten muertos o lesionados graves y ponerlo a órdenes del juez de tránsito competente, así como a la aprehensión de los vehículos involucrados. Para los fines establecidos en el Art. 155 de esta ley.
10.- DETENCIÓN EN LOS CONTROLES DE CARRETERAS
Es un Dispositivo de control establecido por la Policía Nacional mediante una previa planificación, para interceptar la circulación vehicular en determinados puntos específicos de las vías públicas, con el objeto de identificar vehículos y personas sospechosas se procede a la inmediata detención si el caso lo requiere.
11.- DETENCIÓN EN LOS CONTROLES DE TOLERANCIA
PROSTITUCIÓN: consiste en la venta de servicios sexuales a cambio de dinero u otro tipo de retribución. TRATA DE PERSONAS: Consiste en el traslado forzoso o por engaño de una o varias personas de su lugar de origen (ya sea a nivel interno del país o transnacional), la privación total o parcial de su libertad y la explotación de una persona. Leer más: http://procedimientospoliciales.webnode.es/c ontrol-lugares-de-tolerancia/
12.- DETENCIÓN POR MANIFESTANTES
Tomar en cuenta los tipos de manifestaciones:
Manifestaciones Pacíficas.Cuando los protestantes se manifiestan de una manera organizada. Manifestaciones Violenta.Cuando los manifestantes se violentan con los diferentes partidos políticos.
PROCEDIMIENTO PARA LA DETENCIÓN
13.- DETENCIÓN POR EL DELITO FLAGRANTE
El Delito Flagrante es aquel que se comete en presencia de una o más personas o cuando se le descubre inmediatamente después de su supuesta comisión, siempre que haya existido una persecución ininterrumpida desde el momento de la supuesta comisión hasta la detención, así como que se le haya encontrado con armas, instrumentos, el producto ilícito, huellas o documentos relativos al delito recién cometido. Leer más: http://procedimientospoliciales.webnode.es/d elito-flagrante/
14.- DETENCIÓN POR DELITO FLAGRANTE A DIPLOMATICOS
Si la persona detenida fuera extranjera, quien lleve a cabo la detención informará inmediatamente al representante consular de su país.
15.- DETENCIÓN POR DELITO HIDROCARBURIFEROS
La Unidad de Investigaciones de Delitos Energéticos e Hidrocarburíferos con su talento humano y recursos logísticos realizará las investigaciones necesarias para identificar y neutralizar a personas y organizaciones dedicadas a la comercialización ilícita de combustibles, derivados de Hidrocarburos, incluido el gas licuado de petróleo y biocombustibles.
PROCEDIMIENTO PARA LA DETENCIÓN 16.- DETENCIÓN A MUJER EMBARAZADA
17.- DETENCIÓN POR ESCANDALOS EN LA VÍA
18.- DETENCIÓN POR ESTAFA
Se le otorgara un trato acorde a su estado y condición, respetando en todo momento los derechos constitucionales. El fiscal inmediatamente ordeno una valoración médica legal, para determinar la veracidad del embarazo. Hacer énfasis que dentro de la audiencia que la ciudadana efectivamente se encuentra en estado de gestación con 4 meses del mismo.
CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL ART. 606
• Significa cometer alguno de los delitos que se caracteriza por el lucro como fin y el engaño o abuso de confianza como medio. En la estafa podemos identificar la responsabilidad y de acuerdo al grado tenemos al autor, cómplice y encubridor.
Solamente el Juez en la conciliación e la audiencia podrá determinar ya sea la libertad, medidas alternativas o arresto domiciliario.
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Serán reprimidos con multa de siete a catorce dólares de los Estados Unidos de Norte América y con prisión de dos a cuatro días, o con una de estas penas solamente Los culpables de pendencias o algazaras nocturnas.
• Hay que tener en cuenta que en este delito interviene la inteligencia y no la violencia como en el robo. Leer más: http://procedimientospoliciales.webnode.es/e stafa/ Crea tu propia web gratis: http://www.webnode.es
PROCEDIMIENTO PARA LA DETENCIÓN
19.- DETENCIÓN POR EXTORCIÓN
El que, con intimidación, o simulando autoridad pública, o falsa orden de la misma, obligue a otro, sin privarle de la libertad personal, a entregar, enviar, depositar, o poner a su disposición o a la de un tercero, cosas, dinero, o documentos que produzcan o puedan producir efectos jurídicos.
20.- DETENCIÓN POR HOMICIDIO POR MENORES DE EDAD
Art. 305.- Inimputabilidad de los adolescentes.- Los adolescentes son penalmente inimputables y, por tanto, no serán juzgados por jueces penales ordinarios ni se les aplicarán las sanciones previstas en las leyes penales. Art. 306.- Responsabilidad de los adolescentes. Art. 307.- Inimputabilidad y exención de responsabilidad de niños y niñas.
21.- DETENCIÓN POR INCENDIAR LOCALES
Al enfrentar un incendio siempre se deberá tomar en cuenta las medidas de seguridad que realizara el miembro policial para proteger su integridad física, la de sus compañeros y demás ciudadanos que se encuentra inmiscuidos en la catástrofe, tomando en cuenta que la vida es lo más preciado de un ser humano y debemos protegerla ante toda circunstancia.
PROCEDIMIENTO PARA LA DETENCIÓN 22.- DETENCIÓN POR LINCHAMIENTO
23.- DETENCIÓN ROBO BANCARIO
El personal policial designado, deberá desde el primer momento ubicar las evidencias producto del delito y ponerlas a buen recaudo, realizando la respectiva cadena de custodia, en la cual el dirigente comunal, la firmara, se deberá adjuntar todas las evidencias, como es el caso de dinero, joyas entre otros artículos para que sean presentados a la autoridad competente.
•Se procederá siempre que sea posible a la detención de las personas sospechosas de haber perpetrado el delito. •Se debe realizar un registro personal a los sospechosos con el fin de retirar cualquier tipo de armamento o demás elementos u objetos que representen pruebas determinantes de la participación dolosa en el ilícito, como por ejemplo: (armas de fuego, armas blancas)
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24.- DETENCIÓN POR VIOLACIÓN
Es el atentado contra el pudor, el acto impúdico que pueda ofender, sin llegar a cópula carnal y se ejecute en la persona de otro, sea cual fuere su sexo, con engaño.
PROCEDIMIENTO PARA LA DETENCIÓN